Bonificaciones para autónomos
Como ya habréis escuchado hay una serie de bonificaciones para autónomos. En dos publicaciones anteriores hacíamos un repaso de todas ellas:
Nueva ley de autónomos
Cambios y bonificaciones para autónomos
Hoy queremos hacer referencia a la tarifa plana, que recordemos funciona de la siguiente manera:
- Para poder acceder a ellas tienen que ser autónomos cuyo alta en el RETA sea inicial o no hayan estado dados de alta en este régimen en los dos años anteriores.
- Si cotizan por la base mínima pagarán 60 euros los primeros 12 meses.
- Si cotizan por una base superior tendrán una reducción del 80% sobre la base.
- Durante los 6 meses siguientes tendrán una reducción del 50%. Durante los 6 meses posteriores un 30%.
- Si causa alta un hombre menor de 30 años o una mujer menor de 35 tienen derecho a 12 meses mas de reducción al 30%.
Estas reducciones no se aplican a los autónomos societarios porque la ley no menciona explícitamente que este colectivo pueda tener acceso a ellas.
Sentencias Favorables a favor de los autónomos societarios
Ya hay varias sentencias que han dado la razón al autónomo societario en este tipo de reclamaciones por los siguientes argumentos:
- Estas normas se implantaron para disminuir el paro juvenil y aumentar el emprendimiento, ya sea realizando su actividad a través de una Sociedad o como persona física.
- La ley no excluye a los autónomos societarios de la aplicación de estos incentivos.
Si estáis en esta situación, desde Fernández y Palomar Asesores aconsejamos que se haga lo siguiente:
- Presentar un escrito ante la tesorería pidiendo la aplicación de la tarifa plana.
- En caso de haber pagado cuotas sin la reducción pedir la devolución de los ingresos indebidos por los excesos.
- Si la Tesorería no contesta a estos escritos en el plazo de 6 meses se entenderá por desestimada la petición.
- El siguiente paso es interponer un recurso de alzada, el cual tendrán que contestar en el plazo de 3 meses, si no es así se entenderá desestimado también.
- En el último de los casos ya habría que acudir a los tribunales exponiendo los mismos argumentos que comentábamos anteriormente.
Como siempre si necesitáis una ampliación de esta información contacta con nosotros.
Fernández y Palomar Asesores S.L., tu asesoría de confianza.