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Published by ferpase on 22 de mayo de 2019
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Claves Renta 2018:

 

Claves Renta 2018, como ya sabéis el día 2 de abril comenzó el plazo para la presentación de la declaración de la renta de 2018. La última fecha de presentación es el 1 de julio (26 de junio para domiciliaciones).

Nunca presentéis el borrador sin comprobar todos los apartados, estos se elaboran únicamente con los datos que tiene la AEAT y pueden contener datos incorrectos o inexactos. Pero eso no es todo, si el borrador presentado está incorrecto e ingresas menos de lo que te corresponde o te devuelven de mas te podrán realizar una paralela y hasta sancionar.

A continuación os queremos dejar unas claves a tener en cuenta a la hora de hacer la presentación de la renta de 2018.

Datos personales y familiares

Lo primero es comprobar si tus datos personales están bien:

  • Los nacimientos en 2018 pueden no constar en el borrador, con lo que se perdería la deducción del mínimo por descendientes aumentando el IRPF a pagar.
  • Si tienes a cargo a un familiar mayor de 65 años desde 2018 y cumples los requisitos tendrás derecho a aplicar el mínimo por ascendientes.
  • En caso de divorcio en 2018, podrás incluir la pensión compensatoria pagada al excónyuge o la pensión alimenticia pagada a los hijos para rebajar el impuesto. Eso si, estas cantidades podrán ser incluidas siempre en virtud de sentencia judicial.
  • Si a lo largo del 2018 has obtenido un certificado de discapacidad o lo la obtenido algún familiar por el que aplicas el mínimo familiar habrá que indicarlo para beneficiarse de las ventajas fiscales que conlleva.

Rendimientos de trabajo

  • Asegúrate de que tus rendimientos de trabajo, tus retenciones y tus gastos son exactos. Esto lo puedes comprobar comparando el certificado de retenciones que te entrega la empresa con el borrador de la AEAT.
  • No olvides incluir en tus gastos de trabajo las cuotas de colegios profesionales y/o cuotas sindicales (max. 500 euros anuales).
  • También los gastos de defensa jurídica (max. 300 euros anuales)

Ganancias o pérdidas patrimoniales

  • Si has tenido ganancias que no aparecen en tus datos fiscales, como puede ser la venta de un inmueble o la venta de acciones, os aconsejamos que lo declaréis ya que el fisco tiene hasta 4 años para reclamarte esa ganancia, con los recargos y sanciones correspondientes.

Imputación de inmuebles

  • Revisar los porcentajes que os imputan por vuestros inmuebles, sobre todo en caso de divorcio o herencia en 2018.

Deducciones de vivienda habitual y arrendamiento

  • Podrás aplicarte la deducción estatal por el alquiler de vivienda habitual si tu contrato de arrendamiento se firmó antes del 1 de enero de 2015.
  • También tendrás derecho a la deducción estatal por compra o rehabilitación de tu vivienda habitual, siempre que la adquirieras antes del 1 de enero de 2013 y hasta un máximo de 9.040,00 euros.
  • Hay todavía vigentes algunas ayudas autonómicas por el alquiler de vivienda habitual. En la Comunidad de Madrid, si eres menor de 35 años y vives de alquiler tienes derecho a una deducción del 30% con un máximo de 1.000,00 euros.

Y por último, en RentaWeb podrás rectificar tu renta dentro del plazo de presentación de la declaración, e incluso, de rentas presentadas 4 años atrás.

Os dejamos un enlace directo a la página oficial de la Agencia Tributaria, donde podrás ver tu borrador de 2018.

Si necesitas ayuda profesional con tu declaración de la renta contacta con nosotros:

Fernandez y Palomar Asesores, tu asesoría de confianza.

 

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