Los planes de pensiones podrán retirarse a los 10 años:
El pasado sábado 10 de febrero, se publicó en el B.O.E. el Real Decreto 62/2018 por el que se modifica el Reglamento aprobado por el Real Decreto 1588/1999, de 15 de octubre y el Reglamento de planes y fondos de pensiones, aprobado por el Real Decreto 304/2004, de 20 de Febrero.
Dicha modificación afecta al periodo necesario para poder rescatar un plan de pensiones. Podemos destacar que cualquier plan de pensiones privado que se suscriba en 2015 podrá hacerse efectivo a partir de 2025. Los puntos fundamentales son los siguientes:
- Uno de los handicaps de este producto era su escasa liquidez, ya que solamente era posible percibir las aportaciones a estos planes a la hora de la jubilación o en cuatro supuestos mas. Esta novedad busca incentivar la contratación de planes de pensiones entre los mas jóvenes ya que podrán recuperar capital y rendimientos generados cuando hayan pasado 10 años.
- Menos comisiones, por ejemplo, la comisión de gestión que tenía un límite máximo de 1,5 euros anual para todos los fondos de pensiones, ahora se reduce en función del tipo de fondo, por lo que para un fondo de pensiones de renta fija la comisión máxima pasa del 1,50% a 0,85%, lo un importante ahorro.
- Otro de los aspectos que trata el nuevo Real Decreto, es el de un mayor control y dónde pueden invertir los fondos de pensiones el dinero de los partícipes con el fin de adecuar la normativa española a los nuevos activos que ha aceptado la legislación europea.
Hay que tener en cuenta que hoy en día mas de 8 millones de personas tienen un plan de este tipo, en total 106.000 millones de euros en España y que esta forma privada de ahorro sería una forma de complementar, no de sustituir el sistema público de pensiones que garantiza el Estado.
Ampliaremos la información en próximas publicaciones en nuestro blog.